sáb

15

mar

2014

Legalizar una Empresa en El Salvador

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FORMALIDADES, VENTAJAS Y DESVENTAJAS

¿Cómo formalizo una empresa?

No contar con todos los permisos para operar como empresa le puede traer problemas legales a su negocio, y en el peor de los casos, a usted. No se arriesgue: legalícese

Hay empresarios que siempre han querido formalizar sus negocios en el registro de comercio, ya sea porque empiezan a operar, han crecido o simplemente quieren pasar de un esquema de empresa clandestina a un sistema con todas las de la ley.


En general para formalizar una nueva compañía usted necesita: obtener el registro de comercio, sacar el Número de Identificación Tributaria (NIT), tramitar el número de registro de contribuyente al Impuesto del Valor Agregado (IVA) y conseguir el Número de Identificación Patronal (NIP).

Asimismo, se requieren la matrícula de empresa y submatrícula de establecimiento, el registro del centro de trabajo y de la alcaldía, y la solvencia municipal.

Como quiera que El Diario de Hoy ya explicó cómo sacar el registro del IVA y el de comercio, no insistiremos más sobre ellos, y nos concentraremos en el resto de documentos.

Los pasos para legalizar una empresa se han reducido en los últimos años.
Actualmente, todos los permisos para operar pueden tramitarse en la Oficina Nacional de Inversiones (ONI), que funciona en el Centro de Gobierno, en SanSalvador.
La Oficina no sólo ha abreviado los trámites, sino que consecuentemente ha acortado el tiempo necesario para realizarlos.

Un vistazo a los trámites requeridos

Para formalizar una empresa es necesario obtener registros que atañen al Órgano Ejecutivo, las municipalidades y el sistema de pensiones. A continuación un detalle de las principales exigencias.

El caso del NIT 

El NIT es una tarjeta que contiene un número de identificación con el cual se otorga la calidad de contribuyente al fisco, estableciendo un registro y control especial de las obligaciones a que están sujetos todos los pobladores que producen algún ingreso económico en el territorio nacional.
Cualquier persona natural o jurídica que esté obligada al pago de los impuestos de renta, vialidad, transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios, IVA, y cualquier otra tributación fiscal, tienen la obligación de estar inscrito.

El NIT se puede obtener en diversos lugares: en el Ministerio de Hacienda, en la dirección general de impuestos internos y en el departamento de identificación y control tributario, así como en las delegaciones fiscales departamentales.

Los requisitos para que le entreguen esta tarjeta a una persona natural son: llenar con sus datos el formulario F-210, presentar la cédula de identidad personal o DUI, mostrar el comprobante de pago, la escritura de constitución de la sociedad inscrita en el registro de comercio (original y copia), el NIT del representante legal y accionistas y la cédula del representante legal.
El costo del trámite es de ¢2 para la inscripción. Si el NIT se le pierde, no se preocupe: la reposición del mismo sólo vale ¢4.

La seguridad social

Aquí se está hablando de sacar el registro del Número de Identificación Patronal (NIP). La finalidad del trámite es que el patrono adquiera los compromisos de la seguridad social a que está sujeto, y vincular con la afiliación al sistema de seguridad social a los trabajadores de la empresa.
El NIP se obtiene en la sección de afiliación del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
Los requisitos que una persona natural debe seguir para que le sea extendido este carné gratuito son: llenar el formulario de afiliación, avisar de su inscripción al patrono, presentar en original y copia el DUI y el NIT.

A las personas jurídicas, además de los requisitos anteriores, se les exige la escritura de constitución de la sociedad inscrita en el registro de comercio (original y copia), el NIT de la persona jurídica (original y copia), la cédula o el DUI del representante legal y el documento que acredite la personería jurídica del representante legal.

Centro de trabajo 


El patrono también está obligado a inscribir su empresa en los registros que se llevan en la Dirección General de Inspección de Trabajo o en las Oficinas Regionales de Trabajo.
El objetivo es supervisar en las empresas el cumplimiento de las normas laborales con los trabajadores. Este certificado se consigue en el Ministerio de Trabajo.

Las condiciones para que a un empresario le sea otorgado este permiso son: las personas naturales basta con que llenen el formulario de aplicación y presenten el DUI o cédula: las personas jurídicas deben anexar el DUI o cédula de identidad personal del representante legal y la copia de escritura de constitución.

Los trámites son gratuitos.
Registro de alcaldía 


El registro del establecimiento de negocios se obtiene en la alcaldía municipal donde se encuentre la sede de la nueva empresa, y el monto a pagar varía de un municipio a otro de acuerdo con el capital invertido y según el tipo de actividad que se realiza.

Las personas naturales interesadas en el mismo sólo deben diligenciar una solicitud, presentar un comprobante del pago de los derechos, la cédula o el DUI, el NIT, anexar el balance inicial, presentar el estado del inventario (quien no lleve contabilidad formal) y una copia del recibo de pago de los impuestos municipales del local.

Por otro lado, las personas jurídicas, además de lo anterior, tienen que entregar un testimonio de constitución certificado por un notario (original y copia), el NIT del representante legal (copia) y la credencial del representante legal certificada por notario (original y copia).

Solvencia municipal 


La solvencia municipal es una constancia o comprobante extendido por la Alcaldía, en la que se hace constar que una persona natural o jurídica se encuentra solvente con el pago de sus impuestos municipales.

El artículo 100 del Código Municipal establece como requisito la presentación de la solvencia municipal para poder inscribir documentos al Registro de Comercio, como un medio de obligar a los ciudadanos al pago de los impuestos municipales.

La solvencia se entrega en la Alcaldía municipal respectiva.

Para obtenerla, tanto las personas naturales como jurídicas, llenarán una solicitud, exhibirán el comprobante de pago de derecho y el mandamiento de pago de los tributos municipales.
El monto a pagar por la solvencia varía de un municipio a otro.

PIE: Varios de los requisitos están relacionados con la fiscalización que ejerce Hacienda.

Persona natural y persona jurídica

Por Arturo K. Creación de negocios 535 comentarios

Una empresa puede estar constituida legalmente como Persona Natural o Persona Jurídica.

Por lo que una decisión que debemos tomar al momento de constituir legalmente nuestra empresa es la de elegir si la constituiremos bajo la forma de Persona Natural o bajo la forma de Persona Jurídica.

Veamos a continuación la definición de cada una de estas personerías, sus diferencias, y las ventajas y desventajas que presenta cada una de ellas:

Persona Natural

Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal.

Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todas obligaciones de la empresa.

Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.

Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, la persona deberá hacerse responsable por ella a título personal y, en caso de no pagarla, sus bienes personales podrían ser embargados.

Ventajas Persona Natural

·         la constitución de la empresa es sencilla y rápida, no presenta mayores trámites, la documentación requerida es mínima.

·         la constitución de la empresa no requiere de mucha inversión, no hay necesidad de hacer mayores pagos legales.

·         no se les exige llevar y presentar tantos documentos contables.

·         si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio puede ser replanteado sin ningún inconveniente.

·         las empresas constituidas bajo la forma de persona natural pueden ser liquidadas o vendidas fácilmente.

·         la propiedad, el control y la administración recae en una sola persona.

·         se puede ampliar o reducir el patrimonio de la empresa sin ninguna restricción.

·         pueden acogerse a regímenes más favorables para el pago de impuestos.

Desventajas Persona Natural

·         tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada toda la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su patrimonio o bienes personales.

·         capital limitado solo a lo que pueda aportar el dueño.

·         presenta menos posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar poca disposición a conceder préstamos a Personas Naturales).

·         falta de continuidad en caso de incapacidad del dueño.

Persona Jurídica

Persona Jurídica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta.

Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa (y no el dueño) quien asume todas las obligaciones de ésta.

Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio).

Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, ésta se pagará solo con los bienes que pueda tener la empresa a su nombre, sin poder obligar al dueño o a los dueños a tener que hacerse responsable por ella con sus bienes personales.

Ventajas Persona Jurídica

·         tiene responsabilidad limitada, es decir, el dueño o los dueños de la empresa asumen solo de forma limitada la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, las cuales solo se garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa.

·         mayor disponibilidad de capital, ya que éste pude ser aportado por varios socios.

·         mayores posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar mayor disposición a conceder préstamos a Personas Jurídicas antes que a Personas Naturales).

·         posibilidad de acceder a concursos públicos sin mayores restricciones.

·         el propietario y los socios trabajadores de la empresa pueden acceder a beneficios sociales y seguros.

Desventajas Persona Jurídica

·         mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de trámites y requisitos.

·         requiere de una mayor inversión para su constitución.

·         se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables.

·         la propiedad, el control y la administración pueden recaer en varias personas (socios).

·         presenta una mayor cantidad de restricciones al momento de querer ampliar o reducir el patrimonio de la empresa.

 

·         presenta una mayor dificultad para liquidarse o disolverse.

Cosntitucion Sociedad

 

Requisitos e Información para fundar una Empresa en El Salvador:

En El Salvador, las empresas o sociedades pueden tener como socios a personas naturales o jurídicas (empresas), se requiere un mínimo de 2 socios para constituir una sociedad salvadoreña, y su capital mínimo de función es de USD $2,000.00, conforme a las reformas al Código de Comercio, vigentes a partir del 7 de julio de 2008.

Información y Documentos necesarios.

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Número de Identificación Tributaria - NIT- de los socios (en caso de no tenerse, podemos colaborar en su obtención),

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Documento Único de Identidad (DUI), Carné de Residente ó Pasaporte de cada uno de los socios; para el caso de ser accionistas otras empresas se requiere los documentos de fundación de la sociedad y credenciales que acrediten la personería de la sociedad.

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Nombre con el que se pretende denominar a la Sociedad; para investigar sí esta disponible su uso en el Registro de Comercio, este servicio lo proporcionamos en forma gratuita.

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Finalidad: El giro o actividad principal a lo que se dedicará la Empresa.

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Capital Social: Las reformas a la ley relacionada al principio, expresan que tanto para salvadoreños como para Extranjeros el Capital Social como mínimo debe ser de USD $ 2,000.00, de los cuales deberán pagarse con cheque certificado de un Banco salvadoreño a nombre de la nueva Sociedad, la cantidad total o USD $ 100.00 (que es el 5% del capital mínimo requerido) El saldo del Capital social se pagará en un plazo no mayor de UN año.

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El porcentaje de participación accionaria para cada socio; forma en que se repartirán las acciones.

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Quien será el Representante Legal y quien será el suplente o como estará conformada la Junta Directiva.

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Con la información y documentos arriba detallados, se otorgará la Escritura de constitución de sociedad, y se inscribirá en el Registro de Comercio en un plazo promedio de 5 días hábiles.

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Se elaborará un documento privado que contenga los estatutos de la sociedad constituida, en los que se desarrollarán los derechos y obligaciones que existen entre ella y sus socios; y posteriormente se depositarán en el Registro de Comercio, en un plazo promedio de 2 días hábiles.

NOTA: Si los socios ó alguno de ellos no puede asistir personalmente a firmar la escritura de constitución de la sociedad ante el notario, podrá hacerlo por medio de un Poder cuyo modelo enviaremos a solicitud sin ningun costo adicional.

 

NOTA: Los gastos de inscripción de una sociedad formada con el capital social mínimo son de USD 184.25, gastos que comprenden: Inscripción ante el Registro de Comercio, Registro de balance inicial, Pago de derechos de inscripción de la sociedad.

TRAMITES INICIALES PARA LAS NUEVAS SOCIEDADES QUE OPEREN EN EL SALVADOR

1- TRAMITES DE OBLIGACIONES FORMALES Y REGISTROS DE LEY PARA EMPRESAS EN EL SALVADOR.

a) OBTENCION DE NIT E IVA:

  1. Presentar Formulario F210 de Trámites completo.
  2. Presentar copia de la Escritura de Constitución autenticada más una copia de la misma.
  3. Presentar copia de credencial del Representante Legal, autenticado, más una copia del mismo, o en su defecto, copia autenticada del Poder, con el que actúa el apoderado nombrado, debidamente inscrito.
  4. Presentar copia de NIT y DUI autenticados de Representante Legal,
  5. Autorización a persona que realizara el tramite, con todos los detalles de la sociedad y representante legal en el cual indique folio de formulario F 210.
  6. presentar comprobante de derechos de pago del Número de Identificación Tributaria, NIT

b) INSCRIPCION EN ALCALDIA MUNICIPAL, del municipio(o ciudad) en 
que la sociedad tenga su domicilio.

  1. Presentar formulario de trámites empresariales.
  2. Anexar copia de escritura de constitución autenticada.
  3. Copia autenticada de NIT de la Sociedad.
  4. Copia autenticada de credencial del Representante Legal o Apoderado, anexando DUI y NIT autenticados del Representante Legal.
  5. Presentar balance General Inicial original, firmado y sellado por Contador Público autorizado.
  6. Cancelar el 0.1% por el valor del capital social inicial. En el caso de sociedades que se constituyen con el monto de capital social mínimo (de USD 11,428.57), se cancelara USD 11.43

c) INSCRIPCION EN ESTADÍSTICAS Y CENSOS.

  1. Presentar formulario de Inscripción.
  2. Presentar copia de Escritura de constitución.
  3. Copia de NIT de la empresa.
  4. Copia de balance general inicial si se hace en el mismo año. Si se escribe en un año diferente presentar Balance general al 31 de diciembre de año terminado.
  5. Cancelar USD 5.00 sí es Balance Inicial o General con un capital hasta USD 11,428.57, con un capital mayor a USD 11,428.58, pero menor de USD 57,142.86 se cancelara un monto de USD 8.00; si el capital es mayor de USD 57,142.87, pero menor a USD 114,285.71 se cancela USD 10.00 Sí el capital es mayor de USD 114,285.71, pero menor de USD 228,571.43, se cancela USD 15.00 Sí el capital es mayor de de USD 228, 571.44, se cancelará USD 20.00

d) INSCRIPCION EN REGISTRO DE COMERCIO

  1. Presentar escrito de inscripción, firmado por Representante Legal o apoderado.
  2. Pagar derechos de inscripción y presentar recibo por USD 125.71
  3. Presentar recibo de pago de los Derechos de Inscripción en Alcaldía Municipal del domicilio de la sociedad
  4. Presentar solvencia de inscripción en Estadísticas y Censos.
  5. Presentar balance general Inicial, firmado y sellado por Contador Público autorizado
  6. Inscripción de balance inicial el costo de USD 17.14

2- TRAMITES A REALIZARSE CUANDO YA SE CUENTA CON EMPLEADOS.

a) INSCRIPCION EN EL ISSS

  1. Presentar formulario de Inscripción (boleta) con todos los espacio llenos, firmada por Representante Legal o Apoderado.
  2. Anexar copia autenticada por notario de escritura de constitución de la sociedad
  3. Anexar copia autenticada de NIT
  4. Presentar copia autenticada de Credencial o Poder de Representante Legal
  5. Copia autenticada de DUI y NIT de representante legal.
  6. Presentar nomina de empleados, mínimo 2 empleados
  7. Presentar croquis de ubicación lugar de domicilio de la empresa.

b) INSCRIPCION EN Administradora de Fondos de Pensiones, AFP

  1. Presentar escrito con todos los detalles de la empresa, enviarlos a la AFP de elección.
  2. Enviar copia de NIT e IVA a la AFP seleccionada
  3. Sí los empleados no están afiliados a ninguna AFP indicarles lo hagan a la AFP de su preferencia (AFP CONFIA o AFP CRECER)

3- PARTE CONTABLE AL INICIAR UNA SOCIEDAD.

  1. Se necesita elaboración del Sistema Contable (Descripción del sistema contable, Catalogo de cuentas, y manual de aplicaciones). El cual lo tiene que autorizar un licenciado en contaduría pública debidamente autorizado por el Consejo de la profesión de la Contaduría de El Salvador.
  2. Legalización de libros de contabilidad (libro diario, libro mayor, libro de estados financieros, libro de actas de junta general, libro de actas de junta directiva, libro de registro de accionistas, y libro de aumento y disminución de capital) libros que debe autorizar y foliar un licenciado en contaduría pública debidamente autorizado por el Consejo de la Profesión de la Contaduría de El Salvador.
  3. Legalización de libros de IVA (Libro de Ventas a Contribuyentes, libro de ventas a consumidor, y libro de compras). El cual lo autoriza, foliando todas sus hojas, un licenciado en Contaduría Pública debidamente autorizado por el consejo de la Profesión de la Contaduría de El Salvador.
  4. Enviar a solicitar al Ministerio de Hacienda, la autorización para elaborar la papelería fiscal (comprobantes de crédito fiscal, facturas de consumidor final, notas de remisión, notas de crédito, notas de debito y otros según la necesidad), debiendo firmar la solicitud el Representante Legal o el Apoderado, anexando copia autenticada de escritura de la sociedad, NIT e IVA, así como de su credencial o del Poder con que actúa.
  5. Una vez gestionada la autorización por parte del Ministerio de Hacienda (según numeral anterior) entregar la autorización a una imprenta de las autorizadas por el Ministerio de Hacienda, para que elabore las facturas, comprobantes de crédito fiscal y demás documentos que el Ministerio de Hacienda haya autorizado, entregando a la imprenta, la resolución respectiva.

EN RESUMEN PARA QUE UNA EMPRESA FUNCIONE LEGALMENTE SE NECESITA QUE CUMPLA CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

  1. Tiene que estar inscrita en el Ministerio de Hacienda
  2. Debe estar inscrita en la Alcaldía Municipal de municipio de su domicilio
  3. Estar Inscrita en la Dirección General de Estadísticas y Censos
  4. Debe inscribirse en el Registro de Comercio y obtener su Matrícula de Comercio
  5. También estar inscrito en la ministerio que regule la el giro a lo que se dedicara la empresa
  6. Se tiene que inscribir como patrono en el ISSS, y AFPS
  7. Tiene que contar con sistema de contabilidad (Descripción del sistema contable, Catalogo de cuentas, y manual de aplicaciones)
  8. Legalización de libros de contabilidad (libro diario, libro mayor, libro de estados financieros, libro de actas de junta general, libro de actas de junta directiva, libro de registro de accionistas, y libro de aumento y disminución de capital
  9. Legalización de libros de IVA (Libro de Ventas a Contribuyentes, libro de ventas a consumidor, y libro de compras).
  10. Enviar a elaborar la papelería fiscal (comprobantes de crédito fiscal, facturas de consumidor final, notas de remisión, notas de crédito, notos de debito y otros según la necesidad.

Muchos de los registros y autorizaciones se hacen una sola vez en la vida o existencia de la sociedad.

La variación o rango de honorarios es en función de varias condiciones como por ejemplo: El municipio en que la sociedad fije su domicilio, la cantidad de hojas que el Contador Público debe autorizar en cada uno de los libros, la complejidad del Sistema Contable y su manual de aplicación, el monto del capital social de la sociedad.

Los gastos por pagos de impuestos, compra de libros, elaboración de facturas o comprobantes de crédito fiscal, se trasladaran con su soporte de pago, íntegramente al cliente, para su reintegro o para conciliar su cuenta.

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